Seguro de vehículos de sustitución y demo

Póliza para vehículos de sustitución y demostración

Se trata del seguro obligatorio de circulación exigido por ley a todo vehículo a motor.

Quedan amparados los vehículos de las concesiones y talleres destinados a los siguientes usos, haciéndose una póliza individual por cada vehículo:

  • Vehículos de demostración.
  • Vehículos de sustitución cedidos a los clientes, mientras mantienen sus vehículos en el taller con ocasión de una reparación, o como gesto comercial ante el retraso en la entrega de un vehículo comprado por el cliente, etc…

Coberturas

Este tipo de pólizas admiten cinco opciones de cobertura, no siendo obligatoria la elección de una misma modalidad de cobertura para todos los vehículos de la empresa:

  • Terceros + Ocupantes + Asistencia en Viaje
  • Terceros + Incendio + Robo + Lunas + Ocupantes + Asistencia en Viaje
  • Terceros + Incendio + Robo + Lunas + Pérdida Total + Ocupantes + Asistencia en Viaje
  • Todo Riesgo con franquicia 600 € + Ocupantes + Asistencia en Viaje
  • Todo Riesgo con franquicia 300 € + Ocupantes + Asistencia en Viaje

Como particularidades hay que mencionar:

  • En el caso de vehículos eléctricos, se aplica a la batería las mismas garantías contratadas en la póliza, de tal modo que si un modelo dispone de las dos versiones (con o sin batería) deberá especificarse en la contratación (Ej: Renault Kangoo y Renault Kangoo Eléctrica).
  • Respecto a los accesorios de los vehículos, los mismos no influyen en el coste del seguro, porque se trata de una tarifa plana, asegurando sólo marca y modelo, sin versión.

Consejos

Dado que se trata de vehículos cedidos a los clientes, siempre es más aconsejable las modalidades de Todo Riesgo con franquicia.

Preguntas frecuentes

¿Podrán conducir los vehículos cualquier persona ajena a la empresa?

Sí, dado que se trata de un seguro específicamente diseñado para ceder los vehículos a los clientes, por tanto la póliza no se graba como un vehículo de empresa al uso.

¿Podrán los clientes conducir solos los vehículos, sin ir acompañados de ningún empleado de la empresa?

Sí, tanto los vehículos de Demostración, como los de Sustitución podrán ser conducidos por los clientes sin ir acompañados de ningún trabajador de la empresa.

¿Existen limitaciones en caso de clientes menores de 27 años y/o con menos de dos años de antigüedad del carnet de conducir?

En estas pólizas la prima y la cobertura no se ven condicionadas por la edad y/o la antigüedad del carnet de conducir del conductor, siempre y cuando se cumpla el requerimiento legal de ser mayor de edad y poseer el permiso de conducir válido para el tipo de vehículo declarado en la póliza.

¿Se pueden hacer cambios de vehículos en las pólizas?

Por cada cambio de vehículo se hace un reemplazo de póliza, lo que significa que:
• Se anula la póliza inicial, emitiendo el extorno de prima no consumida.
• Se emite póliza para el nuevo vehículo, pero respetando el mismo vencimiento de la póliza anulada, por lo tanto el período de esta 2ª póliza no será anual y el recibo de la misma estará prorrateado por los días reales de seguro.

Los cambios de vehículos (reemplazo) sólo se pueden hacer una vez transcurridos 30 días desde la contratación de la póliza.

En caso de venta del vehículo, ¿se puede anular la póliza con devolución de la prima no consumida?

En caso de no tener otro vehículo para hacer un reemplazo, sí se puede anular la póliza devolviendo la prima no consumida, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
• Aportar justificante de la venta del vehículo o acreditar en su caso el traspaso del mismo a la Flota VO, por dejar de darle al vehículo el uso de Demos-Sustitución, pasando ya al Stock VO para su venta.
• Que en la póliza no haya un siniestro de Pérdida Total.

¿Se admite el fraccionamiento del pago?

No, en estas pólizas sólo es posible el pago anual, para facilitar la administración de los cambios de vehículo (reemplazo).

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